Ley de Ilícitos pasa a segunda discusión



La Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Ilícitos Cambiarios con lo cual el instrumento en los próximos días será remitido a la plenaria del Parlamento.
El visto bueno del texto solamente contó con los votos favorables del oficialismo debido a que la oposición votó negativo. Con esa ley aquellos que comercialicen dólares fuera del régimen cambiario y el monto supere los 20.000 dólares serán multados y tendrán penas de prisión de dos a seis años.

Asimismo se establece que quienes vendan divisas por encima de 10.000 dólares y hasta los 20.000 dólares solamente tendrán multas equivalentes de una a tres veces el monto de la operación realizada.

Según la ley las personas que importen o exporten divisas por un monto superior a los 10.000 dólares están obligadas a declarar la cantidad y naturaleza de la operación. Quedarán exentas del cumplimiento de la obligación los títulos valores emitidos por la República y las personas no residentes que se encuentren en situación de tránsito y cuya estadía en el país sea inferior a los 180 días continuos.

Los exportadores también deberán declarar sus divisas cuando la operación supere los 10.000 dólares, y el procedimiento no deberá exceder el plazo de los 15 días hábiles.

En el proyecto se sanciona la publicidad en divisas. El artículo 13 indica que quien viole las leyes y los convenios ofreciendo la compra o la venta de bienes y servicios en divisas será sancionado con multa de una a tres veces el equivalente en bolívares del monto de la oferta. Para el caso de la oferta la misma sanción se aplicará al medio de comunicación o cualquier otra persona que coadyuve a dar publicidad de ese tipo de ofertas y a quien registrare con tales características la inobservancia a lo dispuesto en la Ley del Banco Central.

En la propuesta se indica que quien trate de obtener divisas mediante engaño alegando causa falsa o valiéndose de cualquier otro medio fraudulento será sancionado con multa de una a tres veces el monto en bolívares. La pena de prisión será de tres a siete años. Quien destine las divisas obtenidas lícitamente para fines distintos a los que motivaron su solicitud será sancionado con prisión de dos a cuatro años y multa de una a tres veces el monto. _MAH


 


 

 

 



 

 

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Caracas, 30 de Junio de 2005
Fuente: ELUNIVERSAL.COM

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