Ley de Ilícitos pasa a segunda discusión
La Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional
aprobó la Ley de Ilícitos Cambiarios con
lo cual el instrumento en los próximos días
será remitido a la plenaria del Parlamento.
El visto bueno del texto solamente contó con
los votos favorables del oficialismo debido a que la
oposición votó negativo. Con esa ley aquellos
que comercialicen dólares fuera del régimen
cambiario y el monto supere los 20.000 dólares
serán multados y tendrán penas de prisión
de dos a seis años.
Asimismo se establece que quienes vendan divisas por
encima de 10.000 dólares y hasta los 20.000 dólares
solamente tendrán multas equivalentes de una
a tres veces el monto de la operación realizada.
Según la ley las personas que importen o exporten
divisas por un monto superior a los 10.000 dólares
están obligadas a declarar la cantidad y naturaleza
de la operación. Quedarán exentas del
cumplimiento de la obligación los títulos
valores emitidos por la República y las personas
no residentes que se encuentren en situación
de tránsito y cuya estadía en el país
sea inferior a los 180 días continuos.
Los exportadores también deberán declarar
sus divisas cuando la operación supere los 10.000
dólares, y el procedimiento no deberá
exceder el plazo de los 15 días hábiles.
En el proyecto se sanciona la publicidad en divisas.
El artículo 13 indica que quien viole las leyes
y los convenios ofreciendo la compra o la venta de bienes
y servicios en divisas será sancionado con multa
de una a tres veces el equivalente en bolívares
del monto de la oferta. Para el caso de la oferta la
misma sanción se aplicará al medio de
comunicación o cualquier otra persona que coadyuve
a dar publicidad de ese tipo de ofertas y a quien registrare
con tales características la inobservancia a
lo dispuesto en la Ley del Banco Central.
En la propuesta se indica que quien trate de obtener
divisas mediante engaño alegando causa falsa
o valiéndose de cualquier otro medio fraudulento
será sancionado con multa de una a tres veces
el monto en bolívares. La pena de prisión
será de tres a siete años. Quien destine
las divisas obtenidas lícitamente para fines
distintos a los que motivaron su solicitud será
sancionado con prisión de dos a cuatro años
y multa de una a tres veces el monto. _MAH
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